Una de las principales herramientas para lograr los fines constitucionales del Estado y del ordenamiento jurídico colombiano, como lo son el orden, la paz la igualdad real, la libertad y la justicia, ha sido sin lugar a duda los mecanismos de gestión y resolución alternativa de conflictos jurídicos, principalmente a través de la conciliación extrajudicial en derecho.
Desde la expedición de la Ley 640 de 2001 y ahora con el nuevo Estatuto de Conciliación – Ley 2220 de 2022, se ha pretendido a través de la conciliación no solo la descongestión del aparato judicial sino principalmente que las partes resuelvan sus conflictos por ellos mismos de manera eficiente, efectiva, oportuna y justa, a través de la orientación y asesoría de un mediador, quien vela porque se garantice en equidad los derechos e intereses de los intervinientes, en el marco de un estado social y democrático de derecho.
Esto permite a los/as ciudadanos/as acercarse de manera más pronta y real a la solución de su conflicto, a través de centros de conciliación en derecho o en equidad, gratuitos u onerosos, en todo el territorio nacional, sin ninguna distinción por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
Es por ello que en el actual contexto colombiano se debe incentivar la formación de estudiantes de derecho y abogados/as, el fomento de la conciliación como un mecanismo que garantice la construcción de paz, la reparación integral de las víctimas del conflicto armado, la equidad para los grupos poblacionales vulnerables, el desarrollo sostenible y la participación democrática. Para lo cual se hace necesario dinamizar la capacitación de la conciliación como mecanismos esencial y primordial para la gestión y resolución de conflictos jurídicos desde otros contextos y desde diversos enfoques, a través del uso de otras estrategias de negociación y de herramientas tecnológicas, así como la inclusión de nuevos modelos sociales y jurídicos, a través de una conciliación humana y responsable.