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    Conformado el Comité de Convivencia Laboral Bonaventuriano 2019-2021
    Universidad
    / Categorías: Talento Humano

    Conformado el Comité de Convivencia Laboral Bonaventuriano 2019-2021

    Con un total de 152 votos quedó conformado el Comité de Convivencia Laboral para el periodo 2019 – 2021. El padre Luis Eduardo Gómez Londoño, asesor de la Pastoral Universitaria, obtuvo la mayor votación con 39 sufragios, seguido por Carmen Lucía Villa Uribe, coordinadora de procesos de selección, con 33 votos y Wilson Diomedes Castrillón Acevedo, gestor de Mercadeo, con 20. Ellos fueron elegidos por los empleados.
     
    María Yaniced Balbín Tamayo, docente de la Facultad de Ciencias Empresariales; José Alonso Andrade Salazar, coordinador de investigaciones de la Extensión Armenia y Sandra Eugenia Posada Hernández, jede de Acreditación y Autoevaluación, quedaron como suplentes, también escogidos por los empleados.
     
    Por parte del empleador fueron elegidos como principales Carmen Tulia Cano Álvarez, decana de la Facultad de Educación; Ángela María Gómez Osorio y Hugo Nelson Castañeda Ruiz, docentes del CIDEH. Como suplentes quedaron Pablo Echeverri Rendón, docente de la Facultad de Artes Integradas; Deissy Lindsay Ruiz Correa, secretaria de la Facultad de Artes Integradas, y Dionny Natalia Pérez Pérez, jefe de la Unidad de Comunicaciones y Protocolo.
     
    Los invitamos a consultar el marco legal del Comité de Convivencia, que está compuesto por:
     
    • La ley 1010 de 2006 del Congreso de Colombia. Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo, ver aquí
    • La Resolución 652 de 2012 del Ministerio de Trabajo. Por la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones, ver aquí
    • Resolución de Rectoría N° 117 de 2012. Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral de la Universidad de San Buenaventura Medellín, ver aquí
    • Resolución de Rectoría N° 106 de 2015. Por la cual se promulga el reglamento del Comité de Convivencia Laboral de la Universidad de San Buenaventura Medellín, ver aquí
     Dentro de las diferentes funciones del comité se resaltan las siguientes:
     
    • Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que lo soportan.
    • Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la Universidad.
    • Escuchar las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.
    • Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias.
    • Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.
    • Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.
    • En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia Laboral informará al Representante Legal de la Universidad o a quien haga sus veces, cerrará el caso y el empleado podrá iniciar acciones legales ante las autoridades correspondientes.
    • Presentar al Representante Legal de la Universidad o a quien haga sus veces, las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del Comité de Convivencia Laboral y los informes requeridos por los organismos de control.
    • Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité a la Unidad de Talento Humano y Salud Ocupacional de la Universidad.
    • Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados al Representante legal de la Universidad o a quien haga sus veces.
     Ver aquí gráfico votaciones, cortesía Unidad de Talento Humano
     
    Fuente: Unidad de Talento Humano
     
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