Nuevas disposiciones sobre uso de plásticos
A partir del 7 de julio, queda prohibida la comercialización, distribución e introducción al mercado de seis productos plásticos de un solo uso en el territorio nacional, según la Ley 2232 de 2022 que establece la reducción progresiva de este tipo de plásticos.
La Seccional Medellín, en su compromiso ambiental, se acoge a las normativas y velará por su cumplimiento dentro de sus instalaciones. Además, se lanzará este año la Política Institucional de Plástico Cero para contribuir a la economía circular de la región.
Plásticos de un solo uso prohibidos a partir del 7 de julio de 2024
- Bolsas de punto de pago para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto las reutilizables o de uso industrial.
- Bolsas para el embalaje de periódicos, revistas, publicidad y facturas, así como las usadas en lavanderías.
- Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalaje, carga o transporte de paquetes, mercancías o alimentos a granel.
- Mezcladores y pitillos para bebidas.
- Soportes plásticos para bombas de inflar.
- Soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.
Productos que se reducirán gradualmente hasta 2030
- Envases, empaques, recipientes y bolsas para contener líquidos o alimentos para consumo inmediato.
- Platos, bandejas, cuchillos, tenedores, cucharas, vasos y guantes para comer.
- Confeti, manteles y serpentinas.
- Láminas para servir, empacar, envolver o separar alimentos de consumo inmediato, para llevar o para entrega a domicilio.
- Mangos para hilo dental o porta hilos dentales de uso único.
- Empaques, envases o cualquier recipiente para la comercialización de frutas, verduras y tubérculos frescos que en su estado natural cuenten con cáscaras; hierbas aromáticas frescas, hortalizas y hongos frescos.
- Adhesivos, etiquetas o cualquier distintivo que se fije a los vegetales.
Fuente: Unidad de Gestión Ambiental